El BCE elige a Andrea Enria como jefe del supervisor bancario de la zona euro

 

El periódico EL PAIS, el 7 de noviembre de 2018 da la noticia de que Andrea Enria, presidente de la Autoridad Bancaria Europeo, mediante votación secreta, en la que se impone a Sharon Donnery (Gobernadora adjunta del Banco Central de Irlanda) y a Robert Ophele (presidente del regulador financiero francés), toma las riendas del Consejo de Supervisión del Banco Central Europeo. Su nombramiento es refrendado o respaldado por el Parlamento Europeo. 

 

Sustituirá en el cargo a la francesa Daniéle Nouy si obtiene el respaldo de toda la Eurocámara en la sesión plenaria (que es la reunión de todos los miembros del Parlamento Europeo). 

Andrea Enria empezó siendo economista en el Banco de Italia y asesor del exprimer ministro. Hasta que en 2011 accedió a la presidencia de la Autoridad Bancaria Europea.

  

 

El Consejo de Supervisión se reúne dos veces al mes para debatir, planificar y ejecutar las tareas de supervisión del Banco Central Europeo. Asimismo, propone al Consejo de Gobierno proyectos de decisiones de acuerdo con el procedimiento de no objeción.

 

El mismo estará compuesto por un presidente (nombrado para un mandato de cinco años no renovable); un vicepresidente (elegido de entre los miembros del Comité Ejecutivo del BCE); cuatro representantes del BCE; y representantes de los supervisores nacionales.

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A partir de ahora, Enria pasará a hacerse cargo del Mecanismo Único de Supervisión (MUS), uno de los pilares fundamentales de la Unión Bancaria y cuyo cometido es la supervisión prudencial de las entidades financieras de la zona euro y de los países adheridos a este instrumento en la que se integran el BCE y los supervisores nacionales.

Finalmente, debemos hacer mención a otro de los órganos rectores del BCE, que es el En tercer lugar, se encuentra el Consejo General formado por el presidente y vicepresidente del Banco Central Europeo y los gobernadores de los bancos centrales nacionales de los 28 Estados miembros de la UE.

 

El Consejo General lleva a cabo las tareas desempeñadas anteriormente por el Instituto Monetario Europeo y que el BCE ha de seguir ejerciendo en la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria, debido a que no todos los Estados miembros de la UE han adoptado aún el euro.

 

Asimismo, el Consejo General contribuye a: el ejercicio de las funciones consultivas y la elaboración del informe anual del BCE; la recopilación de información estadística; el establecimiento de las normas necesarias para normalizar procedimientos contables y de información relativos a las operaciones realizadas por los BCN; la adopción de medidas relativas al establecimiento de la clave para la suscripción de capital del BCE distintas de las contempladas en el Tratado; el establecimiento de las condiciones de contratación del personal del BCE; los preparativos necesarios para fijar irrevocablemente los tipos de cambio de las monedas de los «Estados miembros acogidos a una excepción» respecto del euro.

 

 

El Consejo será disuelto una vez que todos los Estados miembros de la UE hayan adoptado la moneda única.